El derecho de acceso: ¿Qué datos suyos tienen las empresas?

¿Cómo puede saber una persona qué datos está tratando una empresa, de dónde los ha obtenido y para qué los está utilizando?

Para obtener esta información de una empresa, la Ley garantiza al afectado el ejercicio del derecho de acceso.
Siempre es recomendable que la solicitud de este derecho sea formalmente efectuada por parte del titular del dato; esto es, que se formule por escrito, indicando los motivos de la petición de acceso, con identificación de la persona que solicita el acceso a través de una fotocopia del DNI o documento equivalente, y solicitando la máxima información posible sobre los datos que se están tratando, el origen de los mismos, su finalidad, y si ha existido algún tipo de comunicación a terceros.

La empresa deberá contestar en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud, indicando al afectado si realmente tiene información suya y pidiendo confirmación del medio por el cual desea recibirla (por escrito, visualización en pantalla, etc.). En todo caso, pasados 10 días hábiles, deberá hacerse efectivo el acceso a la información.

El derecho de acceso podrá solicitarse ante una misma empresa cada doce meses, salvo que el afectado alegue motivos legítimos.

La empresa no puede exigir al afectado la presentación de la solicitud por correo certificado con acuse de recibo, ni por otro medio que suponga una carga económica para el afectado; sin embargo, si no se utiliza un medio que permita acreditar su recepción por parte de la empresa, no se podrá demostrar la presentación de la solicitud y recurrir a la tutela de la Agencia será inútil.

En caso de que la empresa se niegue a dar la información o no conteste en los citados plazos, el afectado podrá dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos, que instruirá un procedimiento contra la empresa y dictará finalmente una resolución que obligará a la empresa a hacer efectivo el derecho.

Departamento de Comunicación
Áudea Seguridad de la Información
www.audea.com

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